Accidentes de bicicleta

Representando a víctimas con lesiones graves por accidentes de bicicleta en Miami en The Altman Law Firm. Consulta gratuita: (305) 373-3730.

Resumen de Estrategia

La Diferencia de The Altman Firm define nuestro enfoque estricto en pérdidas catastróficas y muerte por negligencia en accidentes de bicicleta, aprovechando nuestro legado desde 1998 y el estatus de Jeffrey S. Altman en el Million Dollar Advocates Forum. No operamos como una práctica general, enfocándonos exclusivamente en litigios de colisiones de bicicletas de alta complejidad.

Sobre estos casos

Jeffrey S. Altman de The Altman Law Firm es un abogado especializado en accidentes de bicicleta en Miami que representa a víctimas gravemente lesionadas en accidentes de bicicleta. Como cualquier lugar turístico popular, Miami, Florida tiene una gran cantidad de tráfico de bicicletas. Existen leyes de Florida muy específicas que regulan el desplazamiento en bicicleta y la interacción con los vehículos de motor en la carretera, las cuales deben ser analizadas cuidadosamente en estos casos.

Cómo funcionan estos casos

El proceso legal comienza con una consulta exhaustiva en la que escuchamos su historia y evaluamos los detalles del accidente. A continuación, iniciamos una investigación independiente y exhaustiva para identificar a todas las partes responsables y las coberturas de seguro disponibles. Una vez que hemos reunido los hechos necesarios, presentamos una demanda detallada a la compañía de seguros de la parte culpable que describe sus lesiones, gastos médicos y salarios perdidos. Si la aseguradora se niega a ofrecer un acuerdo justo, en The Altman Law Firm estamos preparados para presentar una demanda formal ante el tribunal civil de Florida. A lo largo de la fase de descubrimiento de pruebas, la mediación y un posible juicio, The Altman Law Firm lo mantiene informado en cada paso para que pueda tomar decisiones fundamentadas sobre su futuro.

La ley de Florida que aplica

Varias leyes específicas de Florida rigen cómo se manejan las reclamaciones por accidentes de bicicleta. Según la sección 95.11 de los Estatutos de Florida, existe un estricto estatuto de limitaciones que dicta el tiempo que tiene para presentar una demanda por lesiones personales o muerte por negligencia, por lo que actuar con rapidez es fundamental. Además, la sección 768.81 de los Estatutos de Florida describe el estándar de negligencia comparativa del estado. Esto significa que incluso si se le encuentra parcialmente culpable del accidente, aún podría ser elegible para recuperar daños y perjuicios, aunque su recuperación se reduciría según su porcentaje de culpa. Si bien utilizamos estos estatutos para fundamentar su reclamación, esta información es puramente educativa y no constituye asesoramiento legal formal. En The Altman Law Firm, estamos aquí para ayudarle en cada paso del proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo recuperar una indemnización si fui atropellado por un automóvil mientras montaba en bicicleta por una acera en Florida?

Sí. Bajo el Estatuto de Florida § 316.2065(9), una persona que anda en bicicleta por una acera o cruce de peatones posee todos los derechos y deberes de un peatón, a menos que las ordenanzas locales prohíban andar en bicicleta por la acera. Los conductores que salen de entradas de vehículos, callejones o calles secundarias deben ceder el derecho de paso al tráfico de la acera. Si un automovilista negligente no revisa la acera y lo atropella, usted tiene el derecho legal de presentar una demanda por lesiones. Jeffrey S. Altman y The Altman Law Firm examinan los códigos municipales locales, la negligencia del conductor y la evidencia de tráfico para proteger los derechos de los ciclistas lesionados en todo el sur de Florida.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por lesiones personales después de un accidente de bicicleta?

Las leyes estatales imponen plazos estrictos, conocidos como estipulaciones de prescripción o plazos de prescripción, para presentar demandas por lesiones personales. Esperar demasiado tiempo puede impedirle permanentemente buscar una compensación, por lo que es fundamental consultar a un profesional legal lo antes posible.

¿Cuál es la regla de tres pies de Florida para adelantar a bicicletas y cómo afecta mi reclamo por accidente en The Altman Law Firm?

El Estatuto de Florida § 316.083 exige que los conductores de vehículos de motor que rebasen a una bicicleta que viaje en la misma dirección le otorguen al ciclista un espacio libre mínimo y seguro de al menos tres pies hasta pasarlo con seguridad. Si un automovilista golpea de costado a un ciclista o pasa demasiado cerca, causando una colisión o sacando al ciclista de la carretera, violar este requisito legal proporciona evidencia fundamental de la negligencia del conductor. Cuando los conductores no ceden el espacio adecuado, The Altman Law Firm evalúa las mediciones de la carretera, los daños al vehículo y el testimonio de testigos presenciales. Jeffrey S. Altman trabaja para demostrar que el automovilista infringió las leyes de seguridad vial de Florida, estableciendo la responsabilidad por los daños de su colisión en bicicleta.

¿Cubre el seguro PIP de Florida mis facturas médicas si fui atropellado por un automóvil mientras montaba en bicicleta?

Sí. Según el Estatuto de Florida § 627.736, los beneficios de Protección contra Lesiones Personales (PIP) se aplican a los ciclistas que sufren lesiones en colisiones con vehículos de motor. Por lo general, se accede a la cobertura en el siguiente orden: 1. Su póliza de seguro de auto personal. 2. La póliza de auto de un familiar residente si usted no es dueño de un vehículo. 3. La póliza PIP del conductor que lo atropelló si carece de cobertura de auto en su hogar. El PIP cubre hasta $10,000 para tratamiento médico de emergencia y salarios perdidos, siempre y cuando reciba atención médica dentro de los 14 días. Jeffrey S. Altman y The Altman Law Firm ayudan a los ciclistas lesionados a navegar por las prioridades de las pólizas para reclamar todos los beneficios médicos disponibles.

¿Quién es responsable si el conductor de un automóvil abre la puerta y golpea a un ciclista en la Florida?

En la mayoría de las colisiones por apertura de puertas, el ocupante del vehículo que abrió la puerta es legalmente responsable de las lesiones resultantes. El Estatuto de Florida § 316.2005 prohíbe explícitamente abrir las puertas de un vehículo del lado del tráfico en movimiento a menos que sea razonablemente seguro hacerlo sin interferir con el tráfico, incluidas las bicicletas. Los automovilistas y pasajeros tienen la obligación legal de revisar sus espejos y puntos ciegos antes de abrir las puertas hacia los carriles para bicicletas o las calles. Jeffrey S. Altman y el equipo de The Altman Law Firm investigan la negligencia del conductor, las declaraciones de testigos y la evidencia física para establecer la responsabilidad cuando la puerta inesperada de un automóvil causa una colisión grave de bicicleta.

¿Puedo recibir una indemnización si el conductor que me atropelló se dio a la fuga?

Sí, es posible que aún pueda obtener una compensación a través de la cobertura de motorista sin seguro (UM) de su propia póliza de seguro de auto, incluso si iba en bicicleta en ese momento. Un abogado puede ayudar a investigar el incidente e identificar todas las fuentes de seguro potenciales disponibles para usted.

¿Puedo obtener una compensación si no llevaba casco de bicicleta cuando me atropelló un auto en Florida?

Sí. Según el Estatuto de Florida § 316.2065(18), la falta de uso de casco por parte de un ciclista adulto no puede ser considerada evidencia de negligencia o culpa contributiva. De acuerdo con la ley de Florida, el uso de casco de bicicleta solo es legalmente obligatorio para ciclistas y pasajeros menores de 16 años. Si un automovilista negligente lo atropelló, la compañía de seguros no puede argumentar que andar sin casco causó el accidente. The Altman Law Firm, dirigido por Jeffrey S. Altman, ayuda a los ciclistas lesionados a proteger sus derechos frente a conductores negligentes. Si bien los principios de negligencia comparativa según el Estatuto de Florida § 768.81 se aplican si usted cometió una infracción de tránsito, el simple hecho de andar sin casco no invalida su reclamo por lesiones.

¿Quién tiene la culpa si un conductor me atropella mientras voy en un carril para bicicletas?

Los conductores tienen la obligación legal de compartir la carretera y ceder el derecho de paso a los ciclistas que ocupan los carriles designados. Si un automovilista invade un carril para bicicletas y causa una colisión, por lo general se presume que el conductor es negligente según las leyes de tránsito.

¿Qué debo hacer inmediatamente después de ser atropellado por un automóvil mientras andaba en bicicleta en Miami?

Si es atropellado por un vehículo mientras anda en bicicleta, siga estos pasos fundamentales para proteger su salud y su reclamo legal: 1. Llame al 911 de inmediato para reportar el accidente y solicitar servicios médicos de emergencia. 2. Conserve su bicicleta, el casco dañado y la ropa rota en las mismas condiciones en que quedaron después del accidente, sin repararlos ni limpiarlos. 3. Tome fotografías de los vehículos involucrados, la disposición de la calle, las obstrucciones visuales y las lesiones físicas. 4. Obtenga la información de contacto y del seguro del conductor, junto con los datos de los testigos presenciales. 5. Sométase a un examen médico dentro de los 14 días. The Altman Law Firm y Jeffrey S. Altman aconsejan consultar con un abogado antes de proporcionar declaraciones grabadas a los ajustadores de seguros.

¿Qué debo hacer inmediatamente después de ser atropellado por un automóvil mientras andaba en bicicleta?

Priorice su salud llamando al 911 y buscando una evaluación médica de inmediato, incluso si se siente bien al principio. Si está físicamente capaz, obtenga la información de contacto y del seguro del conductor, tome fotos de la escena y de su bicicleta, y obtenga la información de contacto de cualquier testigo.

¿Cubre el seguro PIP de Florida a un ciclista que es atropellado por un vehículo de motor?

Sí. Bajo el Estatuto de Florida § 627.736, el seguro de Protección contra Lesiones Personales (PIP) de Florida cubre a los ciclistas que resulten heridos en colisiones con vehículos motorizados. Si usted es propietario de un vehículo asegurado, su póliza de PIP paga el 80 por ciento de los gastos médicos razonables y el 60 por ciento de los salarios perdidos hasta $10,000, siempre que busque tratamiento médico dentro de los 14 días posteriores al accidente. Si usted no es propietario de un vehículo, la cobertura puede extenderse a través de la póliza de un familiar residente o de la cobertura de PIP del vehículo culpable. The Altman Law Firm y Jeffrey S. Altman ayudan a los ciclistas lesionados con la coordinación de seguros y presentan reclamaciones contra terceros cuando las lesiones por accidentes de bicicleta superan los límites de cobertura de PIP establecidos por la ley.

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