Bajo la Ley de Muerte Injusta de Florida (Fla. Stat. § 768.20), el representante personal del patrimonio de la persona fallecida es la única parte legalmente autorizada para presentar una demanda por muerte injusta. Aunque la acción es interpuesta por un solo individuo, este presenta la reclamación en nombre del patrimonio y de todos los sobrevivientes calificados. La ley de Florida define específicamente a los sobrevivientes como el cónyuge, los hijos, los padres y cualquier pariente consanguíneo o hermanos adoptivos que dependieran parcial o totalmente del difunto para su sustento.
El proceso requiere una coordinación cuidadosa entre el tribunal de sucesiones y el tribunal civil:
Navegar por estos complejos requisitos legales mientras se está de duelo es una carga pesada. Jeffrey S. Altman y The Altman Law Firm brindan la guía compasiva y la experiencia específica de Florida necesaria para gestionar el proceso de sucesión y luchar por la rendición de cuentas que su familia merece.
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