¿Pueden los acreedores tomar dinero de un acuerdo por homicidio culposo en la Florida para pagar las deudas de la persona fallecida?
En la mayoría de las circunstancias, los acreedores no pueden tocar los fondos de acuerdos por muerte por negligencia recuperados para los miembros individuales de la familia. Según el Estatuto de Florida § 768.21, los daños otorgados directamente a los sobrevivientes legales —como la compensación por dolor mental, sufrimiento y pérdida de apoyo— no pertenecen al patrimonio y están legalmente protegidos de los acreedores del difunto. Sin embargo, los daños recuperados explícitamente en nombre del propio patrimonio, como los gastos médicos reembolsables o las acumulaciones netas perdidas según la ley de sucesiones de Florida, pueden estar sujetos a reclamaciones oportunas de acreedores presentadas bajo el Estatuto de Florida § 733.702. The Altman Law Firm ayuda a las familias a estructurar las reclamaciones para aclarar qué ingresos pertenecen a los familiares sobrevivientes.
The Altman Law Firm